𝐄𝐋 𝐏𝐑𝐄𝐒𝐈𝐃𝐄𝐍𝐓𝐄 𝐍𝐎 𝐏𝐔𝐄𝐃𝐄 𝐄𝐌𝐈𝐓𝐈𝐑 𝐃𝐈𝐒𝐏𝐎𝐒𝐈𝐂𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒 𝐃𝐄 𝐍𝐀𝐓𝐔𝐑𝐀𝐋𝐄𝐙𝐀 𝐋𝐄𝐆𝐈𝐒𝐋𝐀𝐓𝐈𝐕𝐀, 𝐋𝐎 𝐃𝐈𝐂𝐄 𝐋𝐀 𝐂𝐎𝐍𝐒𝐓𝐈𝐓𝐔𝐂𝐈𝐎́𝐍 - Armando Aquino Britos

 


En la naturaleza jurídica del Decreto de Necesidad y Urgencia primero hay que resaltar una definición

tajante de la Constitución “el Presidente no puede, bajo ningún aspecto, poner disposiciones de

naturaleza legislativa.” Es una regla general que surge de la garantía sistémica porque el sistema es el

que garantiza estas cosas. 

En la reforma del 94’ esto se plasmó para marcar una excepcionalidad. No se puede, en ningún caso,

bajo nulidad absoluta emitir disposiciones de naturaleza legislativa. Excepto cuando existan

circunstancias excepcionales que impidan el normal funcionamiento del Congreso, allí el presidente

puede remitir este tipo de medidas. 

Los DNU dicen que el Estado tiene que estar en una necesidad y urgencia absoluta. En nuestro caso no

hay necesidad ni urgencia. Puede haber una medida necesaria y urgente pero no un instrumento con 80

y pico de páginas que aborda un temario extenso y variado. 

El presidente está asumiendo para sí las facultades del Congreso. Está violando el artículo 26. No estoy

de acuerdo porque es la vigencia de la Constitución. Es el imperio de la Ley y que la actividad de todos

los poderes se encauce dentro de los parámetros que pone la Constitución.  

Hay que tener este ejercicio de militancia activa en defensa de la Constitución. Sea en el rol de docente,

ciudadano, activista político, entre otros. Esta cuestión tiene que tener debate y análisis y que sea en el

Congreso. 

Además, el mandato constitucional del artículo 99 inciso 82 sanciona está irregularidad con la pena de

una nulidad insanable. Así dice el mandato constitucional. El presidente lo ha violado. Para las cuestiones

de la nulidad por inconstitucionalidad la doctrina entiende que puede declararlo el Congreso. También la

Justicia puede declararlo. 

Tenemos que despertar los argentinos, vivimos en una República. No elegimos un monarca sino un

presidente para que se haga cargo de la administración del país. No para que esté legislando. Ni Menem

se atrevió a tanto.

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