𝐋𝐀 π‰π”π’π“πˆπ‚πˆπ€ 𝐃𝐄 π‚πŽπ‘π‘πˆπ„ππ“π„π’ π‘π„π‚π‡π€π™πŽ́ ππŽπ‘ πƒπˆπ’π‚π‘πˆπŒπˆππ€π“πŽπ‘πˆπ€ 𝐋𝐀 ππ„π†π€π“πˆπ•π€ 𝐃𝐄𝐋 πˆπŽπ’π‚πŽπ‘ 𝐄𝐍 𝐔𝐍 π‚π€π’πŽ 𝐃𝐄 π…π„π‘π“πˆπ‹πˆπ™π€π‚πˆπŽ́𝐍 π€π’πˆπ’π“πˆπƒπ€ - Martha Altabe

 


Este caso es uno de muchos. No es tan insΓ³lito como parece. En estos 12 aΓ±os que estoy en la CΓ‘mara

siempre tuvimos muchos casos como este. Donde resolvimos cuestiones que no solo tienen que ver con

fertilizaciΓ³n, enfermedades, operaciones. 

En las que se interpreta la ley que otorga derechos de una manera discriminatoria y se tienen en cuenta

patrones socioculturales o estereotipos sexistas. Como tambiΓ©n de gΓ©nero, raza o color. No es solo en

Corrientes, ocurre en todo el paΓ­s y el mundo. 

En este caso se pedΓ­a la aplicaciΓ³n de la ley de fertilizaciΓ³n asistida. Es una ley nacional especial. Obliga

a las obras sociales, hospitales pΓΊblicos y todo el sistema de salud a brindar ciertas prestaciones a sus

afiliados. Y no a hacer distinciones en razΓ³n de la situaciΓ³n econΓ³mica, el color, la raza, entre otros. 

Las personas acudieron al IOSCOR y las respuestas que obtuvieron son contrarias a la ley. Interpretan lo

contrario de lo que ya determinΓ³ la Corte Suprema de Justicia de la NaciΓ³n. 

Se utilizΓ³ un argumento donde dijeron que el derecho a la familia ya estaba cubierto porque la seΓ±ora ya

tenΓ­a un hijo con su pareja anterior. Entonces consideraban que ya no podΓ­a pretender tener un hijo. Y, de

ΓΊltima, les dijeron que adopten. 

Tomaban decisiones que invaden la esfera privada de las personas. AdemΓ‘s de que pedΓ­an algo que estΓ‘

previsto en la ley de prestaciones mΓ©dicas. Aparte, se interpreta que cuando se habla de tratamientos de

alta complejidad hay un nΓΊmero. 

Ellos pretendΓ­an que se haga otra interpretaciΓ³n. En este caso puntual no hay muchos que requieran este

tipo de asistencia. Sin contar que legalmente en el CΓ³digo Civil no sΓ³lo estΓ‘ prevista la concepciΓ³n natural

o adoptiva, sino tambiΓ©n la procreaciΓ³n por fertilizaciΓ³n asistida. 

Por eso nosotros rechazamos esto. Dejamos de lado los preconceptos, la discriminaciΓ³n en razΓ³n de lo que

fuere. Nadie puede ser discriminado. En el Estado Constitucional de Derecho las leyes le brindan la

protecciΓ³n necesaria para planificar libremente una familia. 

La obra social a la que se aporta tiene que asistir. Es plata de los afiliados, no del Estado. 

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